12. Dado que todas
las personas están autorizadas a participar en reuniones lícitas y pacíficas,
de conformidad con los principios consagrados en la Declaración Universal de
Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,
los gobiernos y los organismos y funcionarios encargados de hacer cumplir la
ley reconocerán que la fuerza y las armas de fuego pueden utilizarse solamente
de conformidad con los principios 13 y 14.
13. Al dispersar
reuniones ilícitas pero no violentas, los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley evitarán el empleo de la fuerza o, si no es posible, lo
limitarán al mínimo necesario.
14. Al dispersar
reuniones violentas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán
utilizar armas de fuego cuando no se puedan utilizar medios menos peligrosos y
únicamente en la mínima medida necesaria. Los funcionarios encargados de hacer
cumplir la ley se abstendrán de emplear las armas de fuego en esos casos, salvo
en las circunstancias previstas en el principio 9.
Vigilancia de personas bajo custodia o detenidas
15. Los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las
personas bajo custodia o detenidas, no emplearán la fuerza, salvo cuando sea
estrictamente necesario para mantener la seguridad y el orden en los
establecimientos o cuando corra peligro la integridad física de las personas.
16. Los
funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las
personas bajo custodia o detenidas, no emplearán armas de fuego, salvo en
defensa propia o en defensa de terceros cuando haya peligro inminente de muerte
o lesiones graves, o cuando sea estrictamente necesario para impedir la fuga de
una persona sometida a custodia o detención que presente el peligro a que se
refiere el principio 9.
17. Los principios
precedentes se aplicarán sin perjuicio de los derechos, obligaciones y
responsabilidades de los funcionarios de establecimientos penitenciarios, tal
como se enuncian en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos,
sobre todo las reglas 33, 34 y 54.
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